Editorial: Dosis mínima, debate inconcluso

junio 27, 2016
La decisión de la Corte Suprema sobre este tema creó una zona gris que podría resultar muy arriesgada. 
Fuente: www.eltiempo.com. Colombia.

Era esperable que el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia, que absolvió a un soldado que purgaba cárcel por portar una cantidad de marihuana que duplicaba los límites de la dosis personal autorizada, generara el enconado debate de siempre.

El alto tribunal tuvo en consideración el hecho, probado por el acusado, de que es adicto a esta sustancia desde niño, y que la consumía por necesidad, de manera permanente. Al punto de que la cantidad que le fue hallada se encontraba dentro de lo que razonablemente requería.
Se trata de una decisión de avanzada, que se enmarca dentro de la filosofía preventiva rehabilitadora y no punitiva contenida en la sentencia C­221 de mayo de 1994 (que despenalizó la dosis personal) y toda la jurisprudencia generada a partir de entonces.
No obstante, al dejar presente que la cantidad que puede portar una persona adicta o enferma (que es lo mismo) depende estrictamente de su necesidad y condición personal, y no de la que fije la norma, creó una zona gris que, al decir de muchos, podría resultar muy riesgosa.
Se refieren no solo a la posibilidad de que esta decisión estimule un mayor consumo de drogas, sino también al peligro de que el microtráfico acabe aprovechando el fallo favorable al soldado para multiplicar sus ventas, pues se dificultarían las capturas.
Aunque no les falta razón a las críticas, no se puede desconocer un pronunciamiento que está en abierta sintonía con el precepto constitucional que defiende el derecho de las personas a decidir sobre asuntos que solo a ellas atañen y el libre desarrollo de su personalidad.
Es lamentable, sin embargo, que fallos garantistas de esta talla caigan en el árido terreno de una sociedad que está cruda en materia de autorregulación y cuyas autoridades han sido incapaces de generar, en las últimas dos décadas, las herramientas que les garanticen al país y a sus ciudadanos que, en casos como este, sean ellos, y no los delincuentes, los beneficiarios.
Ante un panorama como este, lo conveniente es buscar la manera de resolver los vacíos y compensar los atrasos. La primera deuda tiene que ver con la identificación y asistencia integral de los adictos. A estas alturas, el país no sabe cuántos son ni en dónde están, y mucho menos conoce sus afectaciones.
En ese orden de ideas, tampoco hay políticas y acciones de atención en salud, como lo exigen estos enfermos, ni programas serios y coherentes de prevención que protejan a la población en riesgo. No basta, que quede claro, con legalizar los consumos, correr el lindero de la dosis personal y olvidarse del problema.
Lo siguiente, que también es urgente, es la génesis de rutas claras y expeditas que permitan a las autoridades actuar coordinadamente para establecer la diferencia entre un adicto consumidor y un jíbaro, y adoptar, sin dilaciones, las medidas ajustadas a cada caso.
Hay que destacar que la discusión será sana, siempre que lleve a dar pasos hacia adelante. Las decisiones de las altas cortes en este aspecto demuestran que en lo preceptual el país va por la ruta correcta. Falta que los legisladores, el Ejecutivo y las autoridades hagan su trabajo y se pongan al día.

Etiquetas:

Sin comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *