Entra en vigor la nueva Ley del Juego

Fuente: elperiodicodearagon.com

Entra en vigor la nueva Ley del Juego que aumenta la protección de los usuarios

Con esta norma se amplía la protección de las personas en los juegos de azar y la prevención de conductas adictivas

La nueva Ley del Juego, que entre otras cosas amplía la protección de los usuarios en los juegos de azar y la prevención de conductas adictivas, entrará en vigor mañana tras su publicación este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Con esta norma, que modifica la anterior de 2011, se amplía también el control sobre la manipulación de competiciones deportivas, así como el fraude fiscal de las apuestas, a través del Servicio de Investigación Global del Mercado de Apuestas (Sigma).

Este instrumento técnico, que gestionará la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ), almacenará por un tiempo máximo de un año datos de personas que puedan haber incurrido en algún tipo de comportamiento o posible fraude vinculados a la competición.

A esta red de cooperación interactiva y accesible por vía telemática se podrán adherir todas las entidades interesadas erradicar el fraude y la manipulación de las competiciones deportivas: el Consejo Superior de Deportes, las federaciones deportivas, las ligas profesionales, los operadores del juego y las fuerzas de seguridad del Estado y autonómicas.

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La publicidad de los operadores de juego se deberá hacer bajo el principio de «responsabilidad social», con lo que quedarán prohibidas, las que inciten a actitudes o comportamientos antisociales o violentos de cualquier tipo, entre otros.

En virtud de esta norma, el Gobierno podrá en marcha un Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (registro de prohibidos) e instará a las autoridades autonómicas a que interconexión en la información de sus correspondientes registros.

Con esta reforma además se modifica la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios para que las sanciones que se impongan se puedan adecuar a la capacidad económica de la empresa infractora, siendo estas efectivas y disuasorias.

Las infracciones podrán ser de leves (entre 150 y 10.000 euros), graves (entre 10.001 y 100.000) hasta las muy graves (de 100.001 a 1.000.000 euros), en las que se contempla el cierre temporal de establecimientos, instalaciones o servicios por un plazo máximo de cinco años.

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